Publicación de los actos administrativos
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Todos los actos adoptados por las autoridades locales y sus agrupaciones, que tienen un carácter reglamentario en el sentido jurídico del término, han sido publicados en su sitio web.
De conformidad con los artículos L. 3131-1, por referencia al artículo L. 5721-4, y R. 3131-2 del Código General de las Colectividades Territoriales:
«Los actos reglamentarios y las decisiones que no presenten ni un carácter reglamentario ni un carácter individual se publican en formato electrónico, en las condiciones fijadas por decreto en el Consejo de Estado, a fin de garantizar su autenticidad y asegurar su puesta a disposición del público de forma permanente y gratuita.
Los actos publicados en formato electrónico son puestos a disposición del público en el sitio web (…) en su totalidad, en un formato no modificable y en condiciones específicas para garantizar su conservación e integridad y poder ser descargados.
La versión electrónica de estos actos incluye la mención, en caracteres legibles, del nombre, apellidos y calidad de su autor, así como la fecha de publicación del acto en el sitio web (…). La duración de la publicidad del acto no puede ser inferior a dos meses”.